VENTAJAS
Acceso a una mayor oferta: a través de Internet podemos acceder a miles de tiendas, y por lo tanto, encontrar el producto que mejor se adapte a nuestras necesidades, empleando para ello un tiempo mínimo y sin movernos de casa. Comparar productos y precios también es muy fácil en Internet.
En ocasiones, mejores precios: esta característica del comercio electrónico es consecuencia directa de la no presencia física del vendedor. Lo que se ahorra en locales, empleados, suministros, etc., puede repercutirlo en el precio final, lo que hará que sea más barato que en un comercio tradicional.
Compras en todo el mundo desde casa: este es, sin duda, uno de los grandes atractivos de Internet. Podremos comprar en una tienda alemana, por ejemplo, sin movernos de nuestro sofá.
PELIGROS
Tráfico de datos personales y bancarios: sin duda, uno de los principales temores a comprar a través de Internet es que algún desaprensivo se haga con nuestros datos y los utilice para cargar en nuestra cuenta corriente gastos de todo tipo. Para evitarlo, debemos tener especial cuidado en introducir nuestros datos sólo en páginas seguras y en tiendas que ,merezcan nuestra confianza.
No presencia física del vendedor: no es un problema exclusivo del comercio electrónico, sino de todas las ventas a distancia en general. El no conocer al empreasrio que nos vende el producto produce un rechazo a utilizar este medio, y más en una Comunidad Autónoma como la nuestra en la que prima el pequeño comercio, aunque tenemos la posibilidad de usar el derecho de resolución.
El volumen de ventas del comercio electrónico crece imparable en nuestro país. Pero este crecimiento se está viendo ralentizado por la desconfianza del consumidor en esta forma de comercio, desconfianza que proviene, principalmente, del desconocimiento de los derechos que nos asisten y de los medios que tenemos a nuestra disposición para reclamar.
A la información: El vendedor deberá proporcionar una información clara y suficiente sobre su identidad, domicilio social, características y precio del producto y modo de ejercicio del derecho de resolución
A la resolución del contrato: el comprador dispone de siete días desde la recepción del producto para resolver unilateralmente el contrato sin incurrir en penalización ni gasto alguno, incluidos los correspondientes a la devolución del bien, con la consiguiente devolución del dinero. Para ejercitar este derecho no es necesario argumentar razón alguna.
A recibir una garantía por escrito: los bienes adquiridos por Internet tienen la misma garantía que los demás: un mínimo de dos años desde la fecha de compra.
Vías extrajudiciales: siempre más recomendables que ir directamente al juzgado, son principalmente la mediación y el arbitraje de consumo. La Comisión Europea está impulsando la creación de una red de organismos arbitrales en cada miembro estado de la Unión, que estén preparados para resolver conflictos derivados del comercio electrónico de forma rápida y económica. La mediación es llevada a cabo por las asociaciones de consumidores y las Omics, que resuelven la mayoría de los problemas que llegan a sus oficinas mediante esta vía.
Vía judicial: acudir al juzgado es la solución más lenta y cara, pero a veces no queda otra alternativa. Hoy se está luchando porque en los conflictos en materia de comercio electrónico sea el domicilio del consumidor, y no el del empresario, el que se tenga en cuenta para determinar cúales serán los juzgados competentes en caso de conflicto. El pacto de sumisión expresa a un Tribunal distinto del que corresponda al domicilio del consumidor pueden ser declarados nulos.