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Comercio Electrónico

Viernes, Noviembre 4, 2011

¿Qué es el comercio electrónico?

Es una modalidadde compra a distancia que consiste en la adquisición de bienes o servicios a través de equipos electrónicos de tratamiento y almacenamiento de datos, y que se transmite, canaliza y recibe íntegramente a través de hilos, radio, medios ópticos o cualquier otro medio electromagnético.

¿Cuántos tipos de comercio a distancia existen?

Entre las más difundidas, destacan la venta por vía telefónica, las realizadas por medio de catálogos, enviados al domicilio del consumidor, las que se hacen a través de sistemas electrónicos, y las que se hacen por medio de la televisión.

¿Qué riesgos tiene para el consumidor el comercio a distancia?

Los riesgos que implican estos tipos de compras generalmente se asocian al hecho de que el consumidor no ha podido examinar el bien adquirido; que no lo posee inmediatamente y, en que a veces lo a pagado antes de poseerlo. Estas circunstancias pueden ocasionar situaciones incómodas al consumidor; como por ejemplo, que la calidad ofertada u otras características del bien adquirido no coincidan con la deseada, que no se cumpla el plazo de entrega del producto, que el bien llegue deteriorado por causas del transporte, que el vendedor no esté situado en España y se dificulten las posibles reclamaciones o, en definitiva, que el vendedor cobre el dinero y no envíe el producto.

La seguridad en la contratación electrónica.

¿Qué problemas plantea la adquisición de bienes o servicios por consumidores a través de Internet?

La adquisición de bienes o servicios a través de Internet plantea, esencialmente, cuatro grandes clases de riesgos.

- Los relativos a la mayor facilidad de almacenamiento de datos e información relativa a los consumidores en bases de datos.

- Los referentes al uso ilegítimo de la información bancaria o la modificación de la información enviada debido a la interceptación por un tercero de la información.

- Los relacionados con la inexistencia de presencia física del vendedor en el momento de efectuar la transacción.

- Los relativos a la entrega de los bienes o prestación de servicios debido, precisamente, a que muchas transacciones en Internet no comportan la simultaneidad en la transacción.

¿Qué protección tienen los datos personales enviados a un vendedor cuando contratamos electrónicamente?

Nuestra legislación protege el tratamiento automatizado de los datos personales que transferimos cuando contratamos electrónicamente.

¿Existe algún sistema para evitar recibir ofertas comerciales a distancia?

El sistema más extendido es incluirse en el Servicio de Listas Robinson. Es un servicio gratuito gestionada por las empresas y asociaciones con el objetivo de que los consumidores que se inscriban no reciban más ofertas publicitarias personalizadas de sus empresas asociadas. El más extendido es el que ofrece la Federación de Comercio Electrónico y Márqueting Directo, ya que comprende al 85 por ciento de las empresas publicitarias y ha sido reconocido por la Unión de Consumidores- UCE. mas información: http://www.marketingdirecto.com/actualidad/digital/nace-la-asociacion-espanola-de-la-economia-digital/

Protección del contenido de la información.

¿Puede interceptarse irregularmente los datos que envío a través de Internet?

Pese a los sistemas de seguridad es posible que los mensajes que envío a través de Internet sean “capturados”· por un tercero.

Lógicamente los datos más sensibles son los de carácter financiero (por ej.: número y expiración de la tarjeta de crédito, etc.) ya que permiten que otras personas puedan interceptarlos y utilizarlos fraudulentamente (por ej.: realizando compras en su favor y cargando su coste a la numeración de la tarjeta interceptada).

¿Cómo se evita el riesgo de esta posible interceptación?

El sistema más usual es el “cifrado” o “encriptación” de la información enviada de tal forma que, aunque se intercepten o capturen por un tercero, éste no pueda llegar a entenderlos ya que están “cifrados”. Es por ello que, en operaciones de comercio electrónico, la tienda virtual con la que hemos conectado a través de Internet ofrezca la posibilidad de que esos datos se envíen a través de “páginas seguras” donde esa información se envía “encriptada”.

¿Cómo consigue el vendedor que una página sea segura?

Las tiendas virtuales son las primeras interesadas en ofrecer un alto grado de seguridad en las transacciones. Por ello se dotan de “servidores seguros” que emplean algún sistema de seguridad para cifrar el mensaje da las “páginas seguras” que ofrecen.

El régimen de la entrega del bien y del pago.

¿Qué sucede cuando el vendedor no puede entregar el bien o prestar el servicio solicitado?

En el caso de que el proveedor no pudiese entregar el bien solicitado tiene que comunicarlo al consumidor que podrá recuperar el dinero que haya abonado en un plazo máximo de 30 días.

¿Qué tiene que recibir el consumidor?

El bien o producto adquirido con todos sus accesorios, además de:

La dirección de uno de los establecimientos del vendedor y su domicilio social.

Las condiciones de pago.

El documento de desistimiento o de revocación que podrá utilizar el consumidor en el plazo legal para desistir del contrato. Este documento tiene que identificar claramente su naturaleza y tiene que indicar la persona y la dirección a la que se tiene que enviar. Así como los datos de identificación del contrato y de los contratantes.

Factura, recibo y otro documento en el cual consten los derechos o garantías especiales del comprador y la parte del precio que, sise da el caso, haya recibido.

Tratándose de un contrato de duración indeterminada celebrado a distancia, las condiciones en que se puede rescindir.

El derecho a desistir.

¿En qué consiste el derecho a desistir de un contrato?

La normativa vigente permite que el consumidor que haya adquirido un bien a distancia pueda desistir libremente del contrato dentro del plazo de 7 días desde que se recibió el producto solicitado. Cuando se trate de la contratación de servicios, el plazo se computa desde el día que se celebró el contrato.

Este plazo se amplía a 3 meses cuando el vendedor no haya cumplido con la obligación informativa.

Garantías.

¿Qué garantía tienen los bienes adquiridos electrónicamente?

El régimen general previsto dice que para los bienes de carácter duradero y con carácter general, la garantía debe cubrir un mínimo de 6 meses.

Nuestros consejos

Debemos informarnos acerca de las formas y condiciones de pago anunciadas, ya que el proveedor está obligado a cumplirlas.

Hay que exigir siempre la garantía por escrito en los bienes de naturaleza duradera. Cuando nos den una garantía de mayor duración que la legal, debemos tener muy en cuenta las posibles restricciones o requisitos que establezcan.

Debemos pedir toda la información necesaria sobre las posibilidades y condiciones de devolución del producto.

Hay que obtener siempre el recibo o factura de la compra realizada. Es imprescindible para poder, en su caso, realizar el cambio y para tramitar cualquier reclamación.

¿Cómo reclamar?

Lo más aconsejable es intentar solucionar nuestro problema poniéndonos en contacto con la dirección que tienen obligación de indicarnos para las reclamaciones.

Si no se resuelve el problema por la vía anterior, podemos dirigirnos para obtener mayor información o para interponer la reclamación correspondiente a una Asociación de Consumidores o a las Oficinas Municipales de Información al Consumidor.