La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a indemnizar con 4.000 euros a un viajero al que perdieron el equipaje cuando viajaba a la República Dominicana. De esta forma, obliga a la empresa a pagar no sólo por extraviar una maleta al cliente, sino por los daños morales que le causó a éste la pérdida de sus pertenencias, con el estrés y el nerviosismo que ello le supuso, especialmente porque el viaje lo había realizado por recomendación médica. La sentencia impone a la empresa demandada el pago de las costas procesales por su «temeridad» al litigar y por obligar al viajero a mantener una reclamación durante tres años.
El tribunal vizcaíno confirma de esta forma la resolución judicial de primera instancia dictada a favor del demandante, que el 23 de diciembre de 2003 voló de Bilbao a Madrid y desde allí a Punta Cana. Durante el trayecto, su maleta fue extraviada y no le fue devuelta hasta el 27 de enero. Al no haber hecho el perjudicado declaración de especial valor, la indemnización se limitó a la que corresponde a un equipaje de 35 kilos, un total de 800 euros. EUROPA PRESS