Importante: quiénes son personas consumidoras y usuarias
Quienes de forma particular adquieran o utilicen bienes, productos o servicios, siempre que el proveedor sea una empresa o un profesional.
Qué no es materia de consumo
La compra y venta de productos y servicios entre empresas y profesionales.
Los conflictos entre vecinos.
Las compras y ventas que se realizan entre particulares.
Antes de acudir a los tribunales...
Plantea tu queja en el propio establecimiento o empresa e intenta llegar a un acuerdo amistoso.
Si la empresa está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, solicítalo. Te asegurarás de que el conflicto tendrá una solución rápida, sencilla, imparcial, gratuita y de obligado cumplimiento para las partes.
En el caso de que no esté adherida, pide las Hojas de Reclamaciones y entrega una copia en una Oficina de Consumo o en una Asociación de Personas Consumidoras. Bien por la vía administrativa o a través de la asociación, se mediará entre las partes para tratar de llegar a un acuerdo.
El Gobierno Vasco podrá sancionar con una multa a la empresa o establecimiento, si comprueba que se ha cometido una infracción.
Y recuerda que
Tienes que detallar de forma clara los hechos que motivan la reclamación y cuáles son tus pretensiones.
Debes tener pruebas que demuestren esos hechos.
Para poder fundamentar la reclamación, debes adjuntar copia de todos aquellos documentos que puedan demostrar lo acontecido (factura, ticket, contrato, presupuesto, garantía, publicidad...) y guardar los originales.
Reclamaciones por la vía judicial
Cuando, en un conflicto de consumo, no puede alcanzarse un acuerdo con la empresa y ésta no acepta someterse al Sistema Arbitral de Consumo, sólo queda la opción de presentar una demanda ante los Tribunales.
En estos casos, lo más aconsejable es acudir a una Asociación de Personas Consumidoras, que estudiará el caso para ver si puede prosperar por la vía judicial. Con el único requisito de asociarte, podrás contar, gracias a un acuerdo alcanzado entre estas organizaciones y el Gobierno Vasco, con asesoramiento y defensa gratuita para reclamaciones inferiores a 900 €.
Contar con el apoyo de los servicios jurídicos de una asociación elimina el desequilibrio de fuerzas que podría producirse al enfrentarte en solitario a empresas que cuentan con equipos especializados de asesoramiento.
No hay que olvidar que la Administración no puede obligar a una empresa o establecimiento a pagar una indemnización. Su labor es mediar entre las partes en busca de una solución e imponer sanciones económicas en el caso de observar irregularidades.
Ante cualquier duda
Tienes a tu disposición el teléfono gratuito de información de consumo 900 600 500 y la página Web
Puedes acudir a una Oficina Municipal de Información al Consumidor, a una Asociación de Personas Consumidoras o a una Oficina Territorial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo.