El juzgado de 1ª Instancia nº 1 de San Sebastián, ha condenado a IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELECTRICA, S.A., a indemnizar a un consumidor al que se le cortó el suministro, aún cuando hubo pagado las facturas en plazo.
La demanda interpuesta por la asesoría jurídica de la UCE de Gipuzkoa, ha sido estimada en su integridad, en la sentencia se condena por los daños y perjuicios causados, durante el corte de luz el consumidor con su familia tuvo que comer, cenar y desayunar en un restaurante ante la imposibilidad de hacerlo en su casa, ya que en esta todos los electrodomésticos eran eléctricos, así como a los daños morales causados.
La sentencia en su argumentación considera que la Cía. Electrica actuó incorrectamente con la desconexión del suministro en la vivienda del consumidor, siéndo éste suministro, “ un servicio esencial y por el cual obtiene importantes beneficios económicos.”.