Asteartea, Abendua 18, 2012
El Juzgado se rebela contra la prepotencia de Ryanair
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Valencia ha condenado a la compañía aérea RYANAIR a las costas procesales y a una multa de 600€ por obstaculizar el funcionamiento de la Justicia.
El pasado 18 de septiembre este mismo juzgado dio la razón a la Unión de Consumidores y condenó a RYANAIR a pagar 930,21€ por denegar el embarque en un vuelo Valencia-Sevilla a un menor de 6 años de nacionalidad española que carecía de DNI, aunque iba acompañado por sus padres, debidamente identificados con DNI y el Libro de Familia. Un mes después la compañía solicitó la nulidad de actuaciones y rescisión de sentencia firme, al entender que no habían sido notificados en el único lugar que ellos entienden válido, Irlanda. Esta compañía no reconoce el aeropuerto de Valencia donde opera como lugar de comunicación, y de hecho los trabajadores del mostrador de Ryanair se negaron a recibir las citaciones de este procedimiento.
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Valencia ha condenado a la compañía aérea RYANAIR a las costas procesales y a una multa de 600€ por obstaculizar el funcionamiento de la Justicia.
El pasado 18 de septiembre este mismo juzgado dio la razón a la Unión de Consumidores y condenó a RYANAIR a pagar 930,21€ por denegar el embarque en un vuelo Valencia-Sevilla a un menor de 6 años de nacionalidad española que carecía de DNI, aunque iba acompañado por sus padres, debidamente identificados con DNI y el Libro de Familia. Un mes después la compañía solicitó la nulidad de actuaciones y rescisión de sentencia firme, al entender que no habían sido notificados en el único lugar que ellos entienden válido, Irlanda. Esta compañía no reconoce el aeropuerto de Valencia donde opera como lugar de comunicación, y de hecho los trabajadores del mostrador de Ryanair se negaron a recibir las citaciones de este procedimiento.