Viernes, Julio 8, 2016
¿Vuelos con retraso? ReclameSi el vuelo tiene una demora de más de tres horas, tienes derecho a una indemnización.¿El vuelo se retrasa?¡Reclame! Sepa que es posible conseguir hasta 600 euros de indemnización, si el retraso es de tres horas o más. La distancia del vuelo o las horas de retardo marcan las compensaciones a las que tenemos derecho y las asistencias. Para reclamarlas, basta con guardar facturas y poner una queja por escrito ante la compañía.Si está decidido a reclamar, siga estos pasos: 1. Guardar siempre facturas y billetesAl hacer una reclamación lo más importante es poder justificar lo que se pide. Por eso, como siempre se recuerda, es muy importante guardar las copias de todos los documentos relacionados con el vuelo, desde los billetes de avión, hasta tarjetas de embarque o la copia de las quejas hechas a la compañía, ya que avalan la reclamación.2. Reclamar a la compañíaLa aerolínea debe informar, en todo momento, acerca de los derechos del pasajero y comunicar el motivo del retraso en la salida del vuelo. En estos casos hay servicios que la compañía debe dar y que se pueden exigir: es el derecho de atención o asistencia. Así, deben dar comida y bebida suficientes según el tiempo de espera. También se tiene derecho a dos llamadas telefónicas o mensajes de fax o correo electrónico. Y si la salida se demora hasta el día siguiente o más tarde, tiene que ofrecer alojamiento en un hotel y el transporte hasta él (ida y vuelta).3. Las indemnizaciones por retrasos de vuelosEl retraso afecta a la salida, cuando el viajero se queda atrapado en el aeropuerto -deben darle comida, alojamiento, etc.- pero también implica perder un día de vacaciones de verano, aplazar la llegada a un destino donde había que dar una conferencia...Si el vuelo sufre una demora igual o superior a tres horas y, además, tenía como origen o destino cualquier aeropuerto de la Unión Europea, el pasajero tiene derecho a una indemnización de entre 250 y 600 euros, según la distancia del trayecto entre los aeropuertos de origen y destino. Las compensaciones, en función de la distancia del vuelo, son las siguientes:· Dentro de la UE: hasta 1.500 kilómetros, de 250 euros, y si supera los 1.500 kilómetros, de 400 euros.· Entre un aeropuerto de la UE y otro fuera de la UE: hasta 1.500 kilómetros, 250 euros; de 1.500 a 3.500 kilómetros, una compensación de 400 euros; y más de 3.500 kilómetros, 600 euros.4. Poner una reclamación a la compañía aéreaSi se cree que la compañía no se ha comportado como debiera, hay que poner una reclamación. Siempre se debe pedir una hoja de reclamaciones y rellenarla sin demora en el mismo aeropuerto, entregándola a la aerolínea o en el mostrador de AENA. También, y además de la hoja de reclamaciones, se puede escribir una carta o correo a la empresa aérea. Y si no se recibe contestación -o se discrepa con su respuesta-, es posible acudir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea del Ministerio de Fomento.Si el vuelo se había contratado a través de una agencia, también a ésta se le puede presentar una reclamación escrita.5. Reclamación judicial.Si la aerolínea no acepta compensar al usuario o si no ha cumplido con su obligación de informarle y atenderle del modo debido en el aeropuerto, siempre se tiene la opción de reclamar de manera judicial. La demanda debe presentarse en el juzgado mercantil correspondiente al domicilio del consumidor.Si tiene dudas, o quieres reclamar, póngase en contacto con nosotros. Desde la Unión de Consumidores de Extremadura, podemos llevar a cabo la reclamación ante la compañía, sin ningún coste para nuestros socios.