Jueves, Octubre 8, 2015
LA UNIÓN DE CONSUMIDORES OBTIENE UNA SENTENCIA FAVORABLE POR MANIPULACIÓN DEL CONTADOR
Valencia, 8 de octubre de 2015.- El Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Torrente ha dado la razón a la socia de la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana, en relación con el corte de suministro de la electricidad por manipulación de contador de Iberdrola. Dicha compañía le requirió el pago de una factura de 2.339 € correspondiente a unafactura de consumo eléctrico y a la sanción que se aplica a un fraude en el contador tras una inspección realizada por la empresa.La afectada reclamó dicha facturación en múltiples instancias, tanto a Iberdrola como al Servicio Territorial de Industria y Energía de la Generalitat Valenciana e, incluso, interpuso denuncia estos hechos.Por su parte, la compañía abusando de su posición de dominio presionó a la demandada a fin de que abonara dichas facturas sin la debida explicación o justificación,amenazándola con el corte e interrupción de un servicio tan esencial e imprescindible como la electricidad, cumpliendo dicha amenaza el 10 de agosto de 2014, incluso antes de que le llegara cualquier factura o documentación escrita.Dicho juzgado entiende que la compañía Iberdrola “no ha podido acreditar documentalmente que la afectada procediera a manipular el contador, y por lo tanto llevara a cabo la defraudación por la que se sanciona”. En este sentido, entiende que la compañía Iberdrola “imputó un fraude, que constituiría un hecho delictivo, sobre la base de un informe de inspección unilateral, realizado por un trabajador suyo, incumpliendo la necesidad de avisar a la propietaria prevista en la normativa y privando al ciudadano de cualquier posibilidad de contradicción”, y procedió a girar la factura directamente en el banco, y cuando la afectada rechazó la sanción, se limitó a cortar el suministro causándole un grave perjuicio, ya que tuvo que abandonar la vivienda. Finalmente la compañía procedió a reclamar dichas cantidades en la vía judicial, y desestimó la demanda presentada por la compañía. Estos hechos no son aislados, ya que son muchas las reclamaciones de consumidores en las que sus comercializadoras de electricidad les exigen el pago de cantidades en relación con una presunta manipulación de su contador que, sin embargo, las empresas no son capaces de acreditar de forma adecuada en la mayoría de situaciones. Las compañías utilizan la amenaza con la interrupción del suministro como fórmula para instar al pago de esas cantidades, con lo que se están produciendo situaciones en las cuales los consumidores no disponen de recursos económicos para pagar esas elevadas cantidades y, por tanto, se procede a cortar la electricidad, con el perjuicio que ello conlleva especialmente durante el invierno.La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana considera positiva esta sentencia ya que viene a garantizar el derecho del consumidor a conocer previamente la conexión o desconexión de los contadores, así como a conocer la realización de una inspección del contador. Aquellos consumidores que se hayan visto afectados por estas “refacturaciones” de las compañías eléctricas, que de media, asciende a unos 2.000€, pueden dirigirse a esta asociación para que se les revise su situación y determinar la mejor vía de solución.
Valencia, 8 de octubre de 2015.- El Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Torrente ha dado la razón a la socia de la Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana, en relación con el corte de suministro de la electricidad por manipulación de contador de Iberdrola. Dicha compañía le requirió el pago de una factura de 2.339 € correspondiente a unafactura de consumo eléctrico y a la sanción que se aplica a un fraude en el contador tras una inspección realizada por la empresa.La afectada reclamó dicha facturación en múltiples instancias, tanto a Iberdrola como al Servicio Territorial de Industria y Energía de la Generalitat Valenciana e, incluso, interpuso denuncia estos hechos.Por su parte, la compañía abusando de su posición de dominio presionó a la demandada a fin de que abonara dichas facturas sin la debida explicación o justificación,amenazándola con el corte e interrupción de un servicio tan esencial e imprescindible como la electricidad, cumpliendo dicha amenaza el 10 de agosto de 2014, incluso antes de que le llegara cualquier factura o documentación escrita.Dicho juzgado entiende que la compañía Iberdrola “no ha podido acreditar documentalmente que la afectada procediera a manipular el contador, y por lo tanto llevara a cabo la defraudación por la que se sanciona”. En este sentido, entiende que la compañía Iberdrola “imputó un fraude, que constituiría un hecho delictivo, sobre la base de un informe de inspección unilateral, realizado por un trabajador suyo, incumpliendo la necesidad de avisar a la propietaria prevista en la normativa y privando al ciudadano de cualquier posibilidad de contradicción”, y procedió a girar la factura directamente en el banco, y cuando la afectada rechazó la sanción, se limitó a cortar el suministro causándole un grave perjuicio, ya que tuvo que abandonar la vivienda. Finalmente la compañía procedió a reclamar dichas cantidades en la vía judicial, y desestimó la demanda presentada por la compañía. Estos hechos no son aislados, ya que son muchas las reclamaciones de consumidores en las que sus comercializadoras de electricidad les exigen el pago de cantidades en relación con una presunta manipulación de su contador que, sin embargo, las empresas no son capaces de acreditar de forma adecuada en la mayoría de situaciones. Las compañías utilizan la amenaza con la interrupción del suministro como fórmula para instar al pago de esas cantidades, con lo que se están produciendo situaciones en las cuales los consumidores no disponen de recursos económicos para pagar esas elevadas cantidades y, por tanto, se procede a cortar la electricidad, con el perjuicio que ello conlleva especialmente durante el invierno.La Unión de Consumidores de la Comunitat Valenciana considera positiva esta sentencia ya que viene a garantizar el derecho del consumidor a conocer previamente la conexión o desconexión de los contadores, así como a conocer la realización de una inspección del contador. Aquellos consumidores que se hayan visto afectados por estas “refacturaciones” de las compañías eléctricas, que de media, asciende a unos 2.000€, pueden dirigirse a esta asociación para que se les revise su situación y determinar la mejor vía de solución.