El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Bilbao, en sentencia 156/2021 de 11 de marzo de 2021, condena a TRAVELGENIO S. L., que hacía de intermediaria, a integrar el precio de los billetes aéreos cancelados por la aerolínea.
Los reclamantes, que son asociados de la UCE Euskadi, reclamaban a la intermediaria, una agencia de viajes, el reembolso del precio de los billetes aéreos cancelados a consecuencia del estado de alerta sanitaria.
La agencia admite que era mera intermediaria y su función era gestionar el reembolso a raíz de la cancelación. La sentencia estima que la agencia al admitir su obligación de gestionar el reembolso, está obligada a reintegrar los billetes.
Por lo que, se condena a la agencia a abonar 1903,48 €, más el interés legal desde la presentación de la demanda hasta la fecha de sentencia. A partir de esta fecha y hasta que se produzca el pago total, se incrementará en dos puntos el interés legal.
Contra la resolución no cabe recurso.