El Juzgado de lo Mercantil nº2 de Bilbao, en sentencia nº 351/2021 de 2 de septiembre de 2021, condena a la aerolínea VOLOTEA a pagar a la demandante la cantidad de 451,20 €, más el interés legal desde la interposición de la demanda hasta la fecha de la resolución, “momento a partir del cual y hasta el completo pago, se incrementa en dos puntos el interés legal, con imposición de costas a la demandada y declaración de temeridad”.
En la Sentencia se recoge que, “encontrándose el proceso en el trámite de pendiente de contestación a la demanda, se ha presentado por la parte demandada escrito allanándose a la totalidad de la pretensión de la demandante”, una asociada de la UCE Euskadi.
Por lo que determina que, “constando reclamación previa fehaciente, procede condena en costas con declaración de temeridad porque la demandada ha obligado a litigar a la demandante a pesar de la razonabilidad de su pretensión y constando reclamación previa, para posteriormente allanarse a la demanda”.
Lo destacable de la sentencia es que ante las reclamaciones fehacientes previas no atendidas sobre una solicitud de reembolso de un vuelo en tiempos de COVID-19, la aerolínea es penalizada y se hace una declaración expresa de temeridad.
Desde la UCE Euskadi nos alegramos por tal declaración que raramente podemos obtener de los tribunales, e invitamos a todos los perjudicados por cancelaciones de vuelos que reclamen ante las aerolíneas, pudiendo hacerlo también, acudiendo a las oficinas de la UCE Euskadi.