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La Unión de Consumidores de Euskadi-UCE aplaude el informe del TJUE sobre el IRPH

Martes, Septiembre 10, 2019
La UCE-EHKB aplaude el informe emitido por el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el que ha determinado que la imposición del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) en los préstamos hipotecarios es abusivo por falta de transparencia para las personas consumidoras. 
 
Si esta posición es finalmente avalada por la sentencia que dictará el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los próximos meses, en ella se determinará el alcance de sus efectos, así como las posibilidades que tendrán las personas afectadas por este tipo de préstamos de reclamar las cantidades abonadas de más.
 
El índice IRPH era el índice de referencia utilizado mayoritariamente por las Cajas de Ahorros en los préstamos hipotecarios suscritos por las personas consumidoras. En su momento, las entidades bancarias imponían este tipo de índice alegando que su evolución sería más beneficiosa para el cliente. Sin embargo, este índice ha sido en todo momento superior al tipo de interés del Euribor, mayoritariamente utilizado en el resto de entidades, llegando a ser dos puntos superior.
 
Lamentablemente, el Tribunal Supremo entendió que al ser el IRPH un índice oficial no cabía la posibilidad de revisar las cláusulas de los préstamos hipotecarios en los que se establecía este índice para el cálculo de las cuotas mensuales, por lo que desestimaba las reclamaciones de las personas consumidoras contra las entidades bancarias.
 
La UCE-EHKB confía que, una vez más, el TJUE imponga su criterio más protector de los derechos de las personas consumidoras, como parte más débil en las relaciones contractuales con las entidades financieras, y confirmen que la cláusula por la que se impone el IRPH es considerada abusiva. Así mismo, esperamos también, que de ser así, las entidades bancarias inicien un procedimiento voluntario y automático de las cantidades cobradas de más a sus clientes, y sin necesidad de que se tengan que acudir a los tribunales de justicia para reclamar individualmente dichos importes.
 
Recomendamos a las personas consumidoras que revisen sus préstamos hipotecarios para comprobar el índice que tienen establecido reclamando a las entidades bancarias los perjuicios ocasionados ( devolución con intereses de las cantidades pagadas por aplicación del IRPH ).
 
Por último, aconsejamos esperar a que se dicte la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y renegociar las condiciones de la hipoteca, con una novación, en la que se solicite el cambio del tipo de interés y se referencie el préstamo al euríbor, con devolución de cantidades. En el caso de que la entidad no acceda, reclamar judicialmente.
 
Para cualquier consulta, las personas consumidoras podrán ponerse en contacto con la asesoría jurídica en cualquiera de las oficinas que tiene la UCE-EHKB.