Lo primero que hay que aclarar es que “revolving” más que un tipo de tarjeta es una modalidad de crédito. Eso sí, la mayoría de las entidades comercializa el crédito revolving a particulares asociado generalmente a una tarjeta, ya sea física o virtual.
Este tipo de crédito te permite aplazar los pagos en cuotas fijas o en un porcentaje del crédito o del saldo dispuesto, de manera que el límite se va renovando con la parte de la cuota destinada a amortizar el capital ya gastado. En definitiva, es un producto financiero más, pero si no conoces bien cómo funciona puedes darle un uso inadecuado y meterte en problemas.
Este producto se ofrece a los clientes, generalmente, con la denominación genérica de “tarjeta de crédito” o con un nombre comercial. En muchos casos, se comercializa sin que aparezca la palabra “revolving” y a veces sin informar adecuadamente de las características de este tipo crédito asociado. También pueden ofrecerse en colaboración con grandes comercios o intermediarios, bajo la marca comercial de éstos.
Además, ten en cuenta que, aunque se comercializan tarjetas que únicamente operan en la modalidad de revolving, hay otras tarjetas de crédito que permiten varias modalidades de pago. Son muy habituales las que funcionan por defecto como crédito a fin de mes sin intereses, pero que, en determinadas situaciones, pueden operar como “revolving”.
Por todo ello, es importante que preguntes a tu entidad o accedas a su página web o a la del intermediario para informarte sobre las características de la tarjeta antes de su uso.
Presta especial atención a:
las modalidades de pago que ofrece, y si se emite con una modalidad de pago predeterminada o puedes elegir entre distintas opciones antes de contratar;
si una vez contratada tienes la opción de modificar la modalidad de pago o la cuota elegida y, en ese caso, cómo hacerlo;
el tipo de interés y la TAE aplicadas en la modalidad de pago aplazado.
Estas características del crédito asociado a la tarjeta son “especialmente relevantes”, por lo que deben destacarse en la información precontractual que obligatoriamente ha de entregarte la entidad o el intermediario antes de su contratación.
Tampoco hay que olvidar que, en ocasiones, cuando ya eres titular de una tarjeta con un crédito concedido asociado, pueden llamarte por teléfono comerciales para animarte a disponer de una vez de ese crédito, de modo que te lo abonan en tu cuenta para el uso que desees. Valora adecuadamente si realmente lo necesitas, si las condiciones te satisfacen y, también, si implica activar la modalidad revolving. No olvides preguntar por la TAE y no te sientas presionado a decidir en ese momento.
En nuestro próximo post te detallamos en qué debe consistir esa información precontractual que han de facilitarte antes de contratar.