Es un proceso judicial rápido concebido para reclamaciones transfronterizas dentro de la Unión Europea (con la excepción de Dinamarca) de hasta 5.000 euros. Este procedimiento es válido incluso cuando no se reclama el pago de una cantidad de dinero y tanto si la persona demandada se opone a él como si no.
Se trata de un procedimiento por escrito y solo incluye una vista, que el reglamento regulador del mismo califica como extraordinaria, en los casos en los que el Tribunal lo estime necesario..
En el caso del Estado Español existe la obligatoriedad de abonar tasas judiciales y el importe de estas, que no será inferior a 100 euros, estará en función de la cantidad reclamada. Este procedimiento no exige la representación letrada lo que abarata el coste del mismo, sin embargo, hay que tener en cuenta qué si se produce una audiencia, o si se reclama la presencia de testigos o personas expertas los costes pueden aumentar.
Se trata de un proceso transfronterizo, es decir: la parte demandante y la demandada se encuentran en diferentes estados de la Unión Europea. En todo caso se trata de un procedimiento opcional y que en ningún caso sustituye a los procedimientos establecidos en cada estado miembro. Su objetivo es ser rápido, fácil de utilizar y menos costoso que otras formas de reclamación judicial.
Si decides acudir al proceso europeo de escasa cuantía tienes que utilizar el formulario normalizado A y acompañarlo de toda la información relevante escrita de que dispongas (facturas, contratos, comprobantes…). Toda la documentación debe ser enviada al órgano jurisdiccional competente, normalmente el juzgado de tu ciudad, ya sea por vía postal o por cualquier otro medio aceptado por la administración de justicia. Una vez emitida la sentencia esta deberá ser ejecutada por el estado en el que reside el demandado, si la sentencia es favorable al demandante por supuesto.
La Unión Europea otorga a este proceso una especial importancia en la protección de los derechos de las personas consumidoras en la Unión y en la creación de un único mercado interior. Decidir su uso o no es competencia de la persona usuaria. Os dejamos aquí una serie de enlaces que os ayudarán a comprender mejor este proceso.