Has encontrado una entidad que te ofrece unas condiciones más ventajosas por los mismos servicios que te da tu banco, así que decides cambiar tu cuenta a esta nueva entidad pero, ¿cómo hacerlo?
Con la nueva normativa, ahora es más sencillo: para cambiar la cuenta de una entidad a otra, todos los titulares deberán solicitarlo expresamente a la entidad nueva. Será necesario indicar la fecha de ejecución del traslado de la cuenta, que no podrá ser inferior a 6 días hábiles desde que la nueva entidad reciba de la entidad de origen toda la información necesaria para el traslado.
Una vez emitida nuestra orden, ambas entidades deberán facilitar el traslado de la cuenta de manera ágil y eficaz, intercambiando toda la información que resulte necesaria, entre sí y con nosotros, es decir con el cliente. Las entidades se encargarán de trasladar las operaciones financieras más habituales que realices en la cuenta que quieres trasladar, como por ejemplo, domiciliaciones de recibos, órdenes permanentes de transferencias o transferencias periódicas recibidas.
Si la cuenta que quieres trasladar tiene un saldo a tu favor, la entidad de origen hará una orden de pago de este saldo a la nueva entidad, siempre y cuando no tengas deudas exigibles y pendientes de cargo en dicha cuenta.
Cambiar la cuenta a otra entidad no te supondrá ningún coste si el traslado se realiza entre proveedores de servicios de pago operantes en España, o bien tiene lugar dentro del mismo proveedor.