El “servicio universal”, es un derecho del usuario. El único operador que actualmente proporciona este servicio es Movistar, por lo que no puede negarse a la instalación de la línea fija, excepto si la administración competente en materia de telecomunicaciones así lo decidiese.
El servicio universal reconoce el derecho del usuario final a obtener una conexión a la red telefónica pública desde una ubicación fija que, además posibilite el acceso a internet a 1 mega y acceder a la prestación del servicio telefónico así como al resto de las prestaciones incluidas en el servicio universal; con independencia de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible.
En la solicitudes de alta, el usuario tiene que dar razones, considerando en todo caso razonables las peticiones de conexión que o bien sea solicitada para cualquier inmueble situado en suelo urbano o bien se solicite la conexión para una edificación, que aun no estando en suelo urbano, sea utilizada como vivienda habitual por el solicitante de conformidad con la normativa urbanística. Para su comprobación el operador designado podrá requerir al solicitante certificación del Ayuntamiento que acredite tales extremos.