El pasado 1 de julio entró en vigor la nueva normativa que desarrolla las obligaciones de información y transparencia para la prestación de servicios de pago, como los ingresos, transferencias y recibos.
La nueva Orden Ministerial, que desarrolla el Real Decreto-Ley de Servicios de Pago, persigue que los usuarios de estos servicios gocen de una mayor confianza.
Pero, ¿cuáles son los principales cambios respecto a la regulación a la que sustituye? Te los resumimos a continuación:
La regulación de los servicios de pagos ha ampliado su ámbito de aplicación, pasando a ser también obligatoria cuando los usuarios de tales servicios sean microempresas, entre las que se encuentran los autónomos. Antes, esta normativa podía aplicarse o no según se pactara. Ahora, ya no existe esta opción.
Adaptación a los nuevos servicios de iniciación de pagos y de información sobre cuentas: la nueva Orden especifica la información que los proveedores de estos nuevos servicios deben dar al usuario.
La información debe ser accesible para todos: la nueva regulación pone énfasis no solo en que la información y las condiciones que se comuniquen sean comprensibles, sino en que también deben ser accesibles para personas con discapacidad, siguiendo las reglas marcadas por el principio de diseño universal.
Refuerzo informativo en caso de fraude: los contratos deberán incluir información sobre el procedimiento seguro de notificación en caso de sospecha de fraude, fraude real o de amenazas para la seguridad.