Viernes, Septiembre 25, 2020
Desde el 1 de octubre, las conocidas como “mascarillas KN95” dejarán de comercializarse en España. Todo ello en base a la resolución que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo dictó el pasado 23 de abril, permitiendo su uso por «la situación actual de escasez de Equipos de Protección Individual (EPI)», y estableciendo que el próximo 30 de septiembre terminaría esta medida.
En este sentido, la resolución del pasado 23 de abril, otorgaba una autorización temporal para la comercialización de Equipos de Protección Individual que garanticen un nivel adecuado de salud y seguridad, aunque los procedimientos de evaluación de la conformidad, incluida la colocación del marcado CE, no se hayan efectuado completamente según las normas armonizadas. Esa autorización finaliza el 30 de septiembre de 2020, es decir, la semana que viene.
Asimismo, las especificaciones estadounidenses (NIOSH-42CFR84), chinas (GB2626-2006), australianas (AS/NZ 1716:2012), coreanas (KMOEL – 2017-64) y japonesas (Japan JMHLW-Notification 214, 2018), que antes había que «aceptar» por la situación del COVID-19, son las que definitivamente desaparecerán de las tiendas.
Así, la mascarilla KN95, que se incluía dentro de la «tabla de equivalencias para mascarillas FFP2» del Ministerio, ya no podrá venderse, como tampoco podrán las N95, R95 y P95 estadounidenses o las DS japonesas. De este modo, a partir del 1 de octubre solamente se venderán en España las mascarillas que cumplan con las especificaciones técnicas marcadas por la UE, como las FFP2 y las FFP3. Las personas que hayan adquirido mascarillas KN95 antes de esa fecha podrán seguir utilizándolas aunque ya no se comercialicen.