Entre otras, destacan las siguientes:
1.- Protección en el ámbito energético (gas natural y electricidad) y de suministro de agua:
Las empresas suministradoras no podrán suspender el suministro a personas consumidoras vulnerables (1), vulnerables severas o en riesgo de exclusión social.
Se prorroga automáticamente hasta el 15 de septiembre de 2020 la vigencia del bono social.
Se suspende la actualización de precios regulados, a fin de evitar el alza del precio, del butano y tanto los gases licuados como la tarifa de último recurso del gas natural.
2.- Moratoria en el pago de deuda hipotecaria para la adquisición de vivienda habitual. Se aplicará en los supuestos de vulnerabilidad económica de la parte deudora, así como a fiadores y avalistas de la persona deudora principal.
3.- En cuanto a las telecomunicaciones:
Se garantiza la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas y del servicio universal.
Se suspende la portabilidad de numeración fija y móvil que no estén en curso, excepto en casos excepcionales de fuerza mayor.
No se realizarán campañas comerciales extraordinarias de contratación de servicios.
4.- Se interrumpe el plazo para la devolución de productos comprados bien en modalidad presencial o bien on-line. También afecta al plazo para ejercer el derecho de desistimiento (echarse atrás en las compras efectuadas fuera del establecimiento comercial).
Estas medidas estarán en vigor desde el 18 de marzo hasta que se publique una nueva orden.
Para más información, se puede consultar el RDL 8/2020, de 17 de marzo (BOE 18 -03-2020):
https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf