El 5 de marzo se publicó el Real Decreto ley de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler que introduce cambios significativos en lo relativo al alquiler de vivienda. Dichos cambios han motivado la adaptación de la sección que en nuestra web se refiere a ello.
Entre las mejoras más significativas cabe destacar que se amplía la duración mínima del contrato hasta los 5 años (o 7 si el arrendador es una persona jurídica), que se limita la posible actualización de la renta al IPC así como el importe de la garantía adicional, que no podrá ser superior a dos mensualidades.
La obligatoriedad de fijar fecha y hora en caso de desahucio o de dar la pertinente información a los servicios sociales con el objetivo de que evalúen la posible situación de vulnerabilidad es otro de los cambios destacados.
Toda la información al respecto y los enlaces legales están actualizados en esta web.
Quedan excluidas de estas medidas aquellas viviendas de tamaño superior a 300 metros cuadrados y alquileres superiores a 4.000 euros , en estos casos primará el acuerdo entre las partes.