Fuente: Noticias de Gipuzkoa
Los demandantes aguardan al criterio que fije la Audiencia de Gipuzkoa tras las resoluciones favorables en primera instancia
Los dos juzgados de lo Mercantil de Donostia han comenzado a dar la razón a los consumidores guipuzcoanos que demandaron a los fabricantes por el cártel de coches, el pacto que varias empresas automovilísticas suscribieron entre 2006 y 2013 para acordar precios que provocó un sobrecoste a los clientes. Ante los recursos de apelación presentados, los afectados aguardan a que la Audiencia de Gipuzkoa fije un criterio que establezca el plazo de prescripción y el sobrecoste de los vehículos adquiridos.
En una sentencia dictada el lunes de la semana pasada, a la que ha tenido acceso NOTICIAS DE GIPUZKOA, el Juzgado de lo Mercantil nº2 de Donostia estima parcialmente la demanda interpuesta por el perjudicado y condena a las empresa Nissan a abonar el 5% del precio de compra del vehículo más los intereses legales. El demandante adquirió un Nissan QASHQAI por 13.470 euros, por lo que se le reconoce ahora un importe de 673’5 euros más los intereses acumulados desde la fecha de compra, el 9 de septiembre de 2009.
En una segunda resolución a la que ha tenido acceso este periódico, del 11 de octubre, el Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Donostia da la razón a otro demandante, a quien se le reconoce una indemnización de 1.056,03 euros, más el interés legal computado desde el 22 de octubre de 2.007, que deberá abonar el grupo Stellantis, antes Peugeot.
El goteo de resoluciones favorables en primera instancia es constante. Las primeras demandas se presentaron en Gipuzkoa en 2022, aunque el origen del problema se remonta a 2015, cuando la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) abrió un expediente administrativo a 32 marcas de coches por el “intercambio sistemático de información confidencial” que cubría la práctica totalidad de las actividades realizadas por las empresas con el fin de alterar el precio de los vehículos para obtener beneficios.
El expediente fue recurrido a la Audiencia Nacional por parte de todos los fabricantes salvo las marcas SEAT y Wolkswagen, que contribuyeron a desvelar –y por tanto probar– la existencia de ese cartel. Según diversas fuentes, unos ocho millones de consumidores estarían afectados en todo el Estado. Se trata de aquellas personas que compraron un vehículo de las siguientes marcas: Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroen, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota y Volvo.
En el caso de Gipuzkoa, en ese periodo se comercializaron 69.985 turismos y todoterrenos, lo cual no significa que estén todos afectados, ya que la casuística y las fechas varían en función de la marca y el modelo. Lo cierto es que la Audiencia Nacional ratificó la infracción y fue en 2021 cuando el Tribunal Supremo dictó sentencia firme ante las concesionarias sancionadas.
A partir de esa fecha se desató una vorágine de reclamaciones y en casi todos los juzgados de lo Mercantil del Estado se ha venido estableciendo un plazo de prescripción de cinco años, que es una de las primeras cuestiones a dilucidar puesto que el primer argumento que utilizan los fabricantes al presentar recurso de apelación es que se trata de casos prescritos. Dando por bueno el plazo, las personas perjudicadas que formulen una reclamación extrajudicial podrían hacerlo hasta 2026.
La segunda cuestión a determinar es la cuantía de la indemnización por los daños para los demandantes. Ha quedado acreditado que se llevaron a cabo “prácticas ilícitas” entre el mes de febrero de 2006 y julio de 2013, años durante los cuales el cártel “afectó gravemente a los consumidores y a la competencia” tras un “intercambio de información vital” entre las empresas fabricantes sobre la facturación y las estrategias utilizadas.
El objetivo que perseguían era “lograr mitigar la incertidumbre” y predecir las estrategias comerciales de los competidores, lo que hizo subir el coste de los vehículos entre 2.000 y 9.000 euros. ¿Pero qué indemnización le corresponde a cada persona afectada? La batalla abierta entre demandantes y fabricantes en un litigio “tan técnico y farragoso” está provocando que, según fuentes jurídicas consultadas, los jueces tengan serias dudas “casi no se fían ni de unos ni de otros”, según señalan coloquialmente, por lo que durante este tiempo se ha venido estableciendo con carácter general una estimación del daño del 5% de la factura de compra más los intereses. Un modo de resolver estos asuntos que “se está estandarizando” en todo el Estado, si bien en Gipuzkoa las cosas parecen ir más despacio a la hora de determinar ese sobrecoste.
Según explica a este periódico el abogado José Manuel Urkiri, de la Unión de Consumidores de Euskadi (UCE), “nos encontramos aquí ante una situación paradójica”, ya que, según expone, desde que los fabricantes interpusieron en 2022 los primeros recursos de apelación ante resoluciones dictadas por los juzgados la Audiencia de Gipuzkoa todavía no ha establecido un criterio.
“Estamos a la expectativa, casi con el freno de mano echado porque no tenemos claro cuál va a ser el criterio. A partir de ahí actuaremos, porque tenemos en cartera más de 200 expedientes”, según avanza el letrado, que este año ha presentado una treintena de demandas, y desde 2022 ascienden casi al centenar.
La resolución del Tribunal Supremo que en 2021 dictó sentencia firme y ratificó las multas impuestas por la CNMC abrió las puertas a presentar reclamación y más de 300 consumidores guipuzcoanos se pusieron en contacto con el despacho del abogado Urkiri, uno de los gabinetes que sigue adelante en esta batalla judicial. “Nos enfrentamos a la crème de la crème de la abogacía. Los fabricantes son quienes tienen el dinero, quienes contratan los mejores despachos, que a su vez trabajan con gabinetes periciales de primera línea”, explica el letrado.
Desde un principio tuvieron ocasión de comprobar que el cártel de fabricantes no iba a escatimar en recursos a la hora de defender sus intereses. Hubo casos, según relata Urkiri, en los que a un juicio en el que se reclamaban 1.100 euros “acudían abogados expresamente desde Madrid con peritos catedráticos de la Unidad Complutense para rebatir el informe”, expone para dar a entender la dimensión del desafío.
La UCE ha determinado que la estrategia jurídica más adecuada pasa por interponer “demandas individuales”, una vía que requiere de un informe técnico que cuantifique el daño y que ha sido elaborado por economistas de la UPV/EHU. Hasta la fecha, las sentencias emitidas están otorgando compensaciones de entre el 5 y el 8% del precio inicial del coche.
En otros casos se ha optado por las demandas colectivas, estrategia que está siguiendo la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que ya ha presentado siete contra los fabricantes en los juzgados, la última contra Renault. Reclaman una indemnización de más del 10% del precio de compra del coche por los perjuicios causados. A esta cantidad se le deben añadir también los intereses de demora, lo que equivaldría a una indemnización total de entre un 14 % y un 17,5% según la fecha de compra del vehículo.