La primera sentencia que condena a la entidad llega en Vitoria tras dos tropiezos anteriores de dos causas en Bilbao
Y a la tercera fue la vencida. Después de dos tropiezos en los juzgados, la tercera sentencia que llega en Euskadi en torno a la compra de acciones del Banco Popular tras realizarse la ampliación de capital de la entidad, que posteriormente fue 'salvada' por Santander, ha caído del lado del accionista minoritario. Un juzgado de Vitoria ha dictado la primera sentencia en Euskadi que condena al Banco Popular a devolver 3.303 euros a un particular que adquirió en el mercado secundario 3.000 acciones de la entidad con posterioridad a la ampliación del capital de mayo de 2016, por la deficiente información dada sobre su situación financiera.
Así lo ha detallado el despacho Ate Asesores Legales, que destaca la importancia de esta sentencia (la primera en todo el Estado llegó el pasado mes de mayo) después de que los dos primeros casos juzgados en el País Vasco -que cayeron en Bilbao- fueran resueltos favorables a la entidad bancaria. «Queda claro que Popular engañó con esa información a sus consumidores», apunta el socio y letrado de Ate Asesores, Juan Luis Alfaro.
El despacho calcula que está manejando alrededor de un centenar de casos, algunos con unas cuantías importantes invertidas en la entidad y que alrededor de 80% de ellos pertenecen a clientes de Gipuzkoa, por lo que la relevancia que tiene esta sentencia para los particulares del territorio es «muy importante». De hecho, estiman que el primer fallo de los juzgados donostiarras en torno a esta cuestión llegará «en breve» y esperan que siga la línea del juez de Vitoria.
El juzgado de Primera Instancia número 4 de Vitoria ha estimado íntegramente la demanda y declara nula la suscripción de acciones del Banco Popular con fecha 5 de noviembre de 2016 y la «inexistente solvencia» de la entidad.
La resolución establece el «vicio en el consentimiento en la orden de compra y suscripciones de acciones derivada de la defectuosa información» dada por el Banco Popular, que «no reflejaba la verdadera situación económica y financiera de la entidad», que en junio de 2017 fue comprada por un precio simbólico de un euro por el Santander. El fallo condena a la devolución de la inversión total del accionista más sus intereses desde el desembolso.
Esta sentencia, que es recurrible ante la Audiencia Provincial de Álava, es la primera favorable que se dicta en Euskadi, según ha informado el despacho Ate Asesores Legales, y se suma a resoluciones en el mismo sentido de otros juzgados de España.