Domingo, Octubre 4, 2020
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha establecido que la normativa comunitaria que armoniza la indicación obligatoria del país de origen o del lugar de procedencia de los alimentos no prohíbe que las autoridades de los Estados miembros impongan menciones adicionales en algunos casos.
En su respuesta a una pregunta prejudicial planteada por el Consejo Constitucional francés, la máxima instancia de la justicia europea señala que es posible exigir referencias adicionales en el etiquetado, siempre que se demuestre objetivamente que hay una relación entre el origen o la procedencia de un alimento y algunas de sus cualidades, destaca Efe.
La corte con sede en Luxemburgo, cuyas decisiones son jurídicamente vinculantes en el conjunto de la Unión Europea, añade que esas menciones deben estar justificadas por una o más razones relativas a la protección de la salud humana, a la protección de los consumidores, a la prevención del fraude, o a la protección de la propiedad industrial y comercial, entre otras.
Además, los Estados miembros deben probar que la mayoría de los consumidores conceden una importancia significativa a esa información suplementaria, añade el TJUE.
La respuesta del Tribunal de Justicia de la UE proviene del recurso interpuesto por empresa francesa Groupe Lactalis contra los Ministerios de Justicia, Agricultura y Economía de Francia en el que la firma solicitaba la anulación de un Decreto que obligaba al etiquetado del origen francés, europeo o no europeo de la leche y de la leche utilizada como ingrediente en los alimentos envasados.