La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Endesa con cuatro multas por un valor total de 120.000 euros. El motivo: haber cambiado a clientes de contrato y comercializadora sin recoger su consentimiento. La compañía ya había sido sancionada con 30.000 euros por prácticas similares en marzo del pasado año tras una denuncia de una asociación de consumidores.
Una de las prácticas por las que Endesa ha sido multada ha sido el cambio al mercado libre de clientes que tenían contratada la tarifa regulada de suministro eléctrico (conocida como Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor o PVPC). La diferencia entre las dos tarifas es relevante: el precio del PVPC lo fija el Gobierno y está sujeto a las oscilaciones horarias del kilovatio en el mercado mayorista, mientras en las ofertas del mercado libre son las mismas empresas comercializadoras quienes establecen los precios. Y son las únicas que eventualmente pueden añadir servicios de mantenimiento o seguros y usar ganchos como promociones u descuentos para atraer nuevos clientes.
Para reducir las malas prácticas de algunos comerciales a la hora de captar nuevos clientes, el Gobierno anunció el pasado septiembre en el marco del nuevo decreto ley en materia energética la prohibición de la contratación puerta a puerta del suministro, una antigua reivindicación tanto de los consumidores como de Competencia. Poco antes, la CNMC había comunicado que las compañías eléctricas que operan a la vez en el mercado libre y en el regulado (las grandes empresas eléctricas) tenían seis meses de tiempo para cambiar su nombre y marcas para diferenciarse de sus filiales, de manera que los consumidores puedan saber claramente qué compañías están en el mercado libre y cuáles en el regulado. Actualmente, ocho de cada diez hogares no son capaces de distinguir qué tarifa tienen.
Según la CNMC, está "acreditado que Endesa Energía, S.A.U. no respetó los requisitos que deben seguir las comercializadoras de electricidad (y de gas) para contratar con un nuevo cliente ni, en particular, contó con su consentimiento". El importe de las sanciones —dos de 30.000 euros, una de 20.000 y otra de 40.000— por cambiar a los clientes de contrato sin su previo permiso está tipificado como una infracción leve en la ley del sector eléctrico. La cuantía máxima por este tipo de infracciones es de 600.000 euros. Tres de las sanciones acabaron sin embargo rebajadas después de que la empresa reconociera su responsabilidad y abonara el importe reducido de la sanción antes de la resolución.
La CNMC fue alertada de las prácticas abusivas de Endesa a través de varias denuncias de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento del Gobierno de Canarias y de los escritos de la asociación de consumidores. Pero ni es la primera vez que esta compañía es sancionada por estas prácticas ni es la única: en 2017, Competencia multó a cuatro comercializadoras de electricidad y gas: Endesa Energía, S.A.U., Iberdrola Clientes, S.A.U., Gas Natural Servicios, SDG, S.A. y Viesgo Energía, S.L.