La sentencia del Tribunal Supremo que califica de usurarios los tipos de interés aplicados por la banca en las tarjetas revolving abre la puerta a una nueva oleada de demandas contra el sector. El Alto Tribunal ha desestimado el recurso presentado por Wizink al estimar que el coste impuesto al consumidor en sus productos, de hasta el 27,24% TAE, es excesivo de acuerdo a la Ley de Represión de la Usura de 1908. De esta forma, dado que la mayoría de entidades comerzializan estos productos, la banca se enfrenta a multiples litigios en los que el dictamen del Supremo beneficiará al consumidor.
No obstante, para evitar esta oleada de demandas, el sector ha comenzado a tomar medidas. CaixaBank se ha puesto en contacto con algunos de sus clientes para ofrecerles una rebaja del tipo de interés aplicado por sus productos revolving –del 26% al 19,99%– y la devolución del interés abonado hasta ahora por encima del 20% –el tipo medio de los créditos asociados a tarjetas, según los datos del Banco de España, que el Supremo ha tomado como indicador de referencia en su sentencia– siempre que estos renuncien a litigar contra la entidad. Asimismo, Wizink ha recortado la TAE de sus tarjetas al entorno del 20%.
En cualquier caso, las asociaciones de consumidores y los expertos instan a mirar con detalle las condiciones de estos productos independientemente del resultado de la sentencia. Asimismo, temen que, la crisis económica en que derive la epidemia del coronovarius pueda llevar a muchas familias, afectadas por un recorte de los ingresos por los despidos masivos, recurran a esta financiación. De hecho, pasado el parón de consumo actual, se producirá un aumento de la oferta de créditos y préstamos. Por tanto, dan una serie de recomendaciones sobre cuál es la mejor forma de proceder para no caer en una deuda infinita como ocurre en muchos casos al usar las tarjetas revolving.
Aunque la mayoría de las entidades incorporan en los contratos de estos productos el concepto revolving,recomendamos estar alerta cuando la entidad comercializadora incida más en la cuota mensual que en el plazo de amortización de la deuda. Y es que la principal característica de estos productos es que permiten al consumidor fijar la cuota mensual que desee, promocionando al mismo tiempo cifras muy bajas asumibles por cualquier cliente. Y a medida que va devolviendo el crédito, cuenta con nuevo saldo disponible, con lo que la deuda que contrae puede llegar a eternizarse si no se controla.
Dados los elevados intereses asociadas a estas tarjetas, el consumidor paga más en concepto de intereses que por el capital prestado pues la deuda se alarga en el tiempo. “Para un importe de 1.000 euros –de acuerdo a las TAEs antes mencionadas–, si se paga una cuota mensual de 30 euros, se tardará en amortizar la deuda seis años y ocho meses y se pagará más de 1.000 euros en intereses”. En decir, el coste final podría duplicar el importe inicial.
“Hay que pensar en cuánto tiempo se va a tardar en pagar la deuda”: cuanto más prolongado sea este, también lo serán los gastos asociados.
Falsa gratuidad
Uno de los ganchos usados por las entidades para captar clientes es publicitar que estos productos son gratuitos. Sin embargo, es necesario asegurarse de que lo será así siempre puesto que muchas de estas tarjetas son gratis el primer año pero posteriormente tienen un coste de mantenimiento de hasta 100 euros. De ser así, a los elevados intereses que ya de por sí tienen habrá que sumar este importe extra que podrá prolongar aún más el abono completo de la deuda.
En este sentido, advertimos que una vez que el cliente haya empleado el producto para realizar una compra, no podrá anularlo hasta que amortice la deuda, asumiendo estos gastos de mantenimiento imprevistos.
Evitar cuotas bajas
Como se ha explicado anteriormente, el principal reclamo de estos productos es la “comodidad de pago”, mediante cuotas muy reducidas. Sin embargo, hay que evitar los abonos mensuales muy bajos. En este sentido, la modalidad de pago más beneficiosa es aquella que permite elegir el número de cuotas con las que amortizar la deuda. La peor opción es optar por abonar un porcentaje de la deuda, puesto que de esta forma el compromiso se prolongará en el tiempo. Tampoco se recomienda la elección de una cantidad fija mensual. En cualquier caso, el cliente puede modificar su forma de pago cuando desee y así elevar la parte amortizada en un momento en que sus condiciones económicas se lo permitan.
Al mismo tiempo, se recomienda alejarse de los límites establecidos por los bancos para estos productos. Las entidades emplean dos tipos de reclamos para sus clientes. “Si estos van supliendo la deuda, les amplían el crédito disponible, mientras que si amortizan capital y por tanto, los intereses se reducen, incitan a realizar más compras”.
No sacar dinero en efectivo
La retirada de efectivo también es una de las funcionalidades de estos productos, que los bancos venden como libre de costes. Sin embargo, lo gratuito es la comisión de dispositivo en efectivo, es decir, la comisión por sacar dinero del cajero, pero el importe extraido está sometido a unos intereses que son, además, más elevados que los aplicados al realizar pagos. Mientras que estos últimos rondan el 25%, por la retirada de efectivo se pagan TAEs superiores al 30%.
La alternativa del préstamo
Al hacer una compra de importe elevado, los expertos recomiendan huir de las revolving y optar por un préstamo bancario. Los intereses de estos últimos son muy inferiores, con una TAE media del 8,42% según los últimos datos del Banco de España de enero. Esta diferencia de coste se debe a que al conceder un préstamo, la entidad estudia la solvencia del cliente: tiene en cuenta sus ingresos y su capacidad para asumir la deuda y, por tanto, le ofrece unas condiciones más favorables que variarán también en función del perfil de cada individuo.Además, al contratar un crédito, el consumidor sabrá cuándo terminará de pagar la deuda.
Otra alternativa es recurrir a las financiaciones ofrecidas por los grandes comercios pues también valoran el perfil financiero del consumidor.